Resumen
Normativa ambiental que establece los límites máximos permitidos de emisión al aire de Material Particulado (MP), Dióxido de Azufre (SO₂), Óxidos de Nitrógeno (NOₓ) y Mercurio (Hg). Es aplicable a unidades de generación eléctrica (ya sean calderas o turbinas) que cuenten con una potencia térmica mayor o igual a 50 megavatios térmicos (MWt).
Puntos Clave
Fija valores máximos de emisión distintos dependiendo de si la central termoeléctrica es catalogada como "nueva" o si ya "existía" operando antes de la norma.
Obliga a todas las fuentes emisoras a instalar, certificar y mantener operando un sistema de monitoreo continuo (CEMS) para registrar sin interrupciones los contaminantes que se liberan.
Establece un límite específico para la emisión de Mercurio en aquellas centrales que usan carbón o petcoke. Además, exige a las empresas reportar la cantidad de Vanadio y Níquel presente en sus combustibles para regularlos en el futuro.
Impacto Directo
Obliga a las grandes plantas termoeléctricas a incorporar filtros y tecnologías modernas para identificar, monitorear y transparentar sus emisiones de manera constante.
Institucionalidad y Gobernanza Asociada
Fue redactada y coordinada por el Ministerio del Medio Ambiente. El control, revisión de los informes de monitoreo y la fiscalización del cumplimiento de esta norma recaen directamente sobre la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA).
