Ficha tecnica

Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica para la Localidad de Huasco y su Zona Circundante

Institucion EmisoraMinisterio del Medio Ambiente
Año2017
Tipo de InstrumentoDecreto Supremo Nº 38
Estado LegalVigente

Resumen

El Plan de Prevención de Contaminación Atmosférica (PPA) para la localidad de Huasco y sus áreas circundantes tiene como objetivo evitar que los niveles de Material Particulado Respirable (MP10) sobrepasen los límites establecidos en la normativa nacional dentro de una zona declarada oficialmente como Zona Latente. Para prevenir la saturación, el decreto establece un marco regulatorio con un horizonte de 10 años de implementación. Este incluye límites de emisión rigurosos para las principales fuentes industriales, exigencias de compensación para nuevos proyectos, planes de control para emisiones fugitivas y la prohibición total de quemas abiertas.

Parámetros De Saturación o Latencia

ContaminanteEstado de la zonaNorma de calidad de referencia
Material Particulado Respirable (MP10) Zona Latente como concentración anual (declarada mediante el DS N° 40 de 2011 tras constatarse dicha condición desde el año 2010). Norma de Calidad Primaria para Material Particulado Respirable MP10 (establecida en el DS N° 59 de 1998 del Ministerio Secretaría General de la Presidencia).

Tabla de Metas de Reducción Global (Emisiones totales)

Nueva tabla

ContaminanteEmisión Base (Ton/Año)Meta de reducciónPlazo de cumplimiento
MP10 (Sin combustión) 647 (Línea base año 2013) Reducción de 333 Ton/Año (51% de la base) 10 años (Plazo de implementación general)
MP10 (Con combustión)2.362 (Emisiones autorizadas)Reducción de 1.291 Ton/Año (55% de la base)10 años (Plazo de implementación general)

Límites de Emisión Específicos por Sector Regulado

1.- Fuentes con Combustión

  • - Límite en concentración por chimenea: Las chimeneas de las unidades 1, 2, 3, 4 y 5 de la Central Termoeléctrica Guacolda y las chimeneas 2A, 2B y 3 de la Planta de Pellets de CAP Minería deben cumplir, de forma independiente, un límite máximo de 30 mg/m³N.

  • - Plazos y límites anuales por establecimiento:

    • - Central Termoeléctrica Guacolda (AES Gener): Límite máximo de 730 Ton/Año exigible desde el primer año calendario siguiente a la entrada en vigencia.

    • - Planta de Pellets (CAP Minería): Límite máximo de 900 Ton/Año desde el primer año calendario, el cual disminuye a un máximo de 341 Ton/Año a contar del cuarto año calendario de vigencia.

  • - Condiciones técnicas: Las calderas o procesos nuevos de potencia igual o superior a 20 MWt adoptan el mismo límite de 30 mg/Nm³.

2.- Fuentes sin Combustión y/o Emisiones Fugitivas

  • - Central Termoeléctrica Guacolda: Meta de reducción de 25 Ton/Año. Debe aplicar un Plan de Control Integral con las siguientes obras obligatorias:

    • - A los 24 meses: Implementar chutes de transferencia a contrapresión en puntos de carga y descarga de carbón y cenizas, y aplicar encapsulamiento o cintas tubulares en correas transportadoras para reducir al menos un 90% de las emisiones.

    • - A los 36 meses: Pavimentar por completo el camino de su propiedad que conecta la central termoeléctrica con el vertedero de cenizas.

3.- Sector Residencial y Comercial (Restricciones Generales)

  • - Prohibición absoluta de quemas: Desde la entrada en vigencia del plan, queda estrictamente prohibido realizar cualquier tipo de quema al aire libre o quema abierta de elementos, materiales o residuos, tanto en la vía pública como en recintos privados urbanos de la zona. El documento no incluye regulaciones específicas de venta de leña o eficiencia de calefactores domiciliarios.

4.- Nuevos Proyectos

Todo proyecto o actividad nueva (o modificación) que se someta al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental dentro de la zona latente y que genere un aumento neto de emisiones de material particulado superior a 5 Ton/Año, tiene la obligación legal de compensar sus emisiones en un 100%.

Gestión de Episodios Críticos

PLAN DE CONTINGENCIA
-
Rangos de concentraciones (mg/Nm³): Al tratarse de un Plan de Prevención diseñado para una zona en estado de latencia (y no de descontaminación para zona saturada), el texto oficial no establece rangos de concentración diaria para declarar alertas, preemergencias o emergencias, ni dispone un sistema de paralizaciones automáticas por jornadas de contingencia atmosférica.

Impacto Directo y Beneficios

1

Resguardar la salud de la población local mediante la evitación preventiva de casos de morbilidad y muertes prematuras asociadas a la exposición continua de material particulado respirable.

2

Evitar los impactos perjudiciales derivados de la deposición de material particulado sobre los cuerpos de agua locales, las coberturas vegetales naturales y los suelos con vocación o aptitud agrícola de la provincia.

3

El control y abatimiento de las emisiones mitiga de forma directa la exposición de la comunidad a metales pesados y elementos de alta toxicidad que forman parte del material particulado industrial en la zona, tales como el mercurio, el níquel y el vanadio.

4

Al disminuir las emisiones de polvo, se reduce el riesgo de pérdida de visibilidad en las rutas de flujo intenso de la comuna (como la ruta de carga Vallenar-Huasco C-46), minimizando la probabilidad de accidentes de tránsito.

5

Mitiga el efecto erosivo de las partículas sobre las estructuras y materiales constructivos locales, y minimiza visiblemente el ensuciamiento de fachadas y de los espacios de uso público en el casco urbano.

Gobernanza, Fiscalización y Reporte de Emisiones

  • - Ente fiscalizador principal: La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA). 

  • - Organismos cooperadores: Seremi de Salud de la Región de Atacama, Seremi del Medio Ambiente de Atacama y la Ilustre Municipalidad de Huasco.

  • - Red de monitoreo asociada:: La red está constituida por 2 estaciones de monitoreo con Representatividad Poblacional (EMRP) validadas por la autoridad sanitaria, ambas de propiedad de la central termoeléctrica Guacolda:

    • - Estación EME M: Emplazada en el sector de la Escuela José Miguel Carrera (calle Las Heras Nº 317, Huasco).

    • - Estación EME F: Emplazada en el sector de la Compañía del Cuerpo de Bomberos de Huasco (calle Arturo Prat Nº 346).

Documento Oficial

MMA